Rosario: Javkin rubricó un acuerdo con el sector inmobiliario para transparentar normativas y prevenir conflictos
El reciente acuerdo firmado entre el intendente Pablo Javkin y el Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Santa Fe (Cocir) tiene como objetivo establecer un marco de recomendaciones para los contratos de alquiler de inmuebles con destino habitacional en la ciudad de Rosario. Este convenio surge en respuesta a la incertidumbre generada tras la derogación de la anterior ley de alquileres, la cual había generado una sucesión de normativas con criterios dispares, complicando el manejo de las locaciones.
Javkin destacó la importancia de este acuerdo, señalando que busca promover buenas prácticas, garantizar los derechos de ambas partes en un contrato de alquiler y consolidar un vínculo institucional entre la municipalidad y Cocir. Además, resaltó la necesidad de hacer el alquiler más accesible y confiable, incentivando a los propietarios a poner sus propiedades en alquiler.
Por su parte, Gabriela Ortiz de Urbina, presidenta de Cocir, subrayó la importancia de la transparencia y claridad en la publicación de las condiciones de los contratos de alquiler, especificando aspectos como el plazo y el índice de actualización. Asimismo, destacó el rol de los corredores inmobiliarios matriculados en el asesoramiento tanto a inquilinos como a propietarios para asegurar el correcto cumplimiento de los contratos.
La firma del convenio contó con la presencia de integrantes de cocir y de los secretarios de gobierno, Sebastián Chale; de desarrollo humano y hábitat, Nicolás Gianelloni, y de hacienda y economía, Guido Boggiano. También participaron de la reunión el presidente del servicio público de la vivienda, Ignacio Noble, y el director del centro social de alquileres (casa), Gustavo Álvarez, entre otros funcionarios municipales.
Recomendaciones
Como pauta general, las recomendaciones consensuadas a través del compromiso de cocir para los futuros contratos de locación involucran los siguientes aspectos:
Domicilio electrónico: se aconseja constituir domicilio electrónico para el ejercicio de los derechos y obligaciones que emanan del contrato de locación. En dicho domicilio se tendrán por eficaces y válidas todas las notificaciones, comunicaciones y emplazamientos que allí se dirijan por y para cada una de las partes contractuales.
Intereses moratorios: se aconseja -respecto de la tasa aplicable a los intereses que compensan la mora en el pago- la aplicación del último índice de precios al consumidor publicado por el indec del mes inmediato anterior.
Gastos administrativos: se aconseja fijar el importe de los gastos administrativos -que realice cada corredor inmobiliario matriculado ante el cocir- en un importe que no supere en ningún caso el 3 por ciento (tres por ciento) más iva –si correspondiere- del canon locativo mensual fijado para cada período particular (incluyendo impuestos y otros gastos que abonen al corredor inmobiliario y/o la inmobiliaria).
Actualización de honorarios: se desaconseja la práctica de percibir honorarios -por parte de los corredores inmobiliarios- sobre los diferenciales generados por la actualización del precio del alquiler (imputando el pago de los mismos a los locatarios).
Las partes firmantes sugieren y se comprometen a aunar esfuerzos para instar a las partes involucradas para culminar con la mencionada práctica. en los contratos de locación con destino habitacional los corredores inmobiliarios percibirán sus honorarios del 5 por ciento (más Iva de corresponder) sobre la base imponible resultante de la multiplicación del valor de locación inicial por el plazo del contrato, pagaderos al momento de la firma del contrato.
Actualización del canon y periodicidad: se aconseja fijar el precio del alquiler como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual sólo pueden realizarse ajustes semestrales. a estos fines, se sugiere que los ajustes deben efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (ipc) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (ripte), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el banco central de la república argentina (bcra), bajo la denominación icl (índice del costo de locaciones).
Reparaciones y mantenimiento: se aconseja establecer expresa y específicamente que aquellas reparaciones que respondan a la obligación genérica de mantener en condicionesal inmueble, siempre y cuando no se deban a la culpa del locatario, corran por cuenta del locador, quedando en el locatario el resto de reparaciones que respondan a la conservación y el mero mantenimiento.
Mediación ante cocir: teniendo en cuenta las variadas situaciones que pueden presentarse a lo largo del contrato entre inquilinos y propietarios, es necesario establecer métodos prácticos, ágiles y amistosos, a fines de poder llegar a una rápida satisfacción de los intereses en pugna. en ese sentido, en la práctica diaria del rubro existen diferentes situaciones que, luego de varias intimaciones entre las partes, siguen sin llegar a un acuerdo y, en consecuencia, el litigio crece y se prolonga en el tiempo.
Buenas prácticas: en virtud de la experiencia acumulada en los últimos años, el cocir y el centro de asesoramiento social de alquileres (casa), identifican que un alto porcentaje de consultas sobre alquileres se originan por conflictos que se suceden por malos entendidos o confusiones propias derivadas de información que no es trasladada a tiempo o que no se transparenta en el momento de acordar la locación y posteriormente en la instancia de la firma del contrato.